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Cómo dar de alta los suministros de luz y gas en una vivienda

Cuando se nos presenta el momento de cambiar de domicilio, entre las tareas que se deben llevar a cabo con rapidez y eficacia es el aspecto de contratar los suministros básicos para poder contar con ellos desde el primer momento.

Pese a que estos suministros comprenden tanto la luz, el agua y el gas, en esta entrada nos centraremos en cómo solicitar el alta del servicio de luz y gas en una vivienda, para que realizar estos trámites no se convierta en una gestión pesada.

Pasos para dar de alta la luz

Para gestionar el trámite de dar de alta la luz, debemos recoger los siguientes documentos: 

  • Información relativa al titular del servicio; nombre completo, Dni y datos de contacto.
  • La dirección de la vivienda en la que se encuentra el punto de suministro.
  • Documentación relativa a la cuenta bancaria en la cual se efectuarán los cargos de los importes de las facturas del servicio.
  • La información de la instalación, recogida en el boletín eléctrico, que recoge las características de la misma y determina la potencia máxima que se puede solicitar.
  • El nº asociado a la instalación, conocido como código CUPS.

Una vez se ha reunido esta información, debemos seleccionar la empresa comercializadora de la energía eléctrica, para lo que es importante hacer un estudio de mercado para poder encontrar la tarifa de luz más barata basándonos en las necesidades individuales de la vivienda, ya que en la actualidad se presentan multitud de opciones de contrato distintas.

 A la empresa seleccionada, se le debe entregar esta documentación, después de eso se procederá a firmar el contrato de suministro, que se facilitará a la empresa distribuidora de la energía, para que sea esta quien verifique los datos y proceda a dar el alta del servicio de luz, debiendo esperar un plazo de entre cinco y siete días hábiles.

 El coste asociado al alta del servicio lo demandará la empresa comercializadora de luz, que deberá ser abonado en el pago de la primera factura eléctrica, este coste se divide en tres conceptos distintos: 

  • Costes del derecho de extensión; que suponen 17,37 € x kW de potencia contratada.
  • Costes del derecho de acceso; que suponen 19,70 € x kW de potencia contratada.
  • Coste del derecho de enganche; que supone 9,04 €.

 Los derechos de extensión y acceso, dependerán de la potencia contratada para la instalación y se les debe sumar el IVA correspondiente.

 

Pasos necesarios para dar de alta el gas natural

Para dar de alta el servicio de gas, en primer lugar se debe comprobar que la red de distribución general consigue acceder hasta la instalación.

En caso de que si exista acceso a la red general, tendremos que reunir la siguiente documentación que entregaremos a la empresa comercializadora de gas para tramitar el alta del servicio. 

  • Información relativa al titular del servicio; nombre completo, Dni y datos de contacto.
  • La dirección de la vivienda en la que se encuentra el punto de suministro.
  • Documentación relativa a la cuenta bancaria en la cual se efectuarán los cargos de los importes de las facturas del servicio.
  • El nº asociado a la instalación, conocido como código CUPS.

 Una vez se ha reunido esta información, debemos seleccionar la empresa comercializadora de gas, para lo que es importante hacer un estudio de mercado para poder encontrar la tarifa de gas más barata basándonos en las necesidades individuales de la vivienda, ya que en la actualidad se presentan multitud de opciones de contrato distintas.

Una vez elegida la tarifa y firmado el contrato, será la empresa distribuidora la que nos asigne una tarifa de acceso, que dependerá del consumo anual realizado, existiendo tres tarifas diferenciadas: 

  • RL 1 Seleccionada para aquellos consumos menores de 5000 kWh/año
  • RL 2 Seleccionada para aquellos consumos que oscilen entre los 5000 y los 15000 kWh/año
  • RL 3 Seleccionada para aquellos consumos que oscilen entre los 15000 y los 50000 kWh/año.

 Lo más común, es que en inmuebles donde se utilice gas natural únicamente para el agua caliente, tengan un consumo incluido en la tarifa RL.1, sin embargo, si se cuenta con calefacción de gas, cocina de gas o ambas, se fijará la tarifa RL.2.

 El plazo que tarda en realizarse el alta oscilará de nuevo entre los cinco y los siete días hábiles y se abonarán los costes en el pago de la primera factura de gas.

 El importe a pagar por el alta, variará en función de la Comunidad Autónoma y de los derechos de acometida, variando entre los 72 € y los 235 €.

     

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